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Declaración de accesibilidad web: qué debe incluir y dónde va

23 Septiembre de 2026

Abre la web de tu organización. Sin buscar en Google y sin usar el buscador interno, como llegaría cualquiera.

Baja al pie de página y busca un enlace que diga «Accesibilidad».

Si lo encuentras a la primera, ya cumples algo que el 13% de las administraciones que hemos revisado no cumple. Si no lo encuentras, este artículo va exactamente de eso: de qué debe incluir la declaración de accesibilidad y de dónde tiene que estar.

Simulación del pie de página de una sede electrónica, con el enlace «Declaración de accesibilidad» remarcado y una etiqueta «1 clic» que indica que se encuentra a un clic desde la página de inicio.

La norma no pide solo que exista

Desde septiembre de 2018, todas las administraciones públicas españolas están obligadas a publicar una declaración de accesibilidad. Eso lo sabe casi todo el mundo.

Lo que se pasa por alto está en la segunda parte de la frase. El artículo 15.1 del Real Decreto 1112/2018 dice que la declaración debe publicarse “estando disponible su acceso desde todas las páginas del sitio web con un enlace denominado «Accesibilidad»”.

Es decir: no basta con tenerla. Hay que poder llegar a ella desde cualquier página. Una declaración impecable a la que solo se llega buscando en Google no cumple esa condición, porque quien la necesita no la va a encontrar.

Eso es lo que quisimos medir.

Qué encontramos en 38 diputaciones

Cogimos las 38 diputaciones provinciales de régimen común y aplicamos un solo criterio: entrar en la página de inicio y ver si se llegaba a la declaración de accesibilidad en un clic. No un aviso legal genérico ni una política de cookies: la declaración, explícitamente. El clic de aceptar cookies no contaba, porque no es una decisión de navegación, es una barrera previa.

En 33 de las 38 (el 86,8%), la declaración está a un clic, casi siempre enlazada desde el pie de página. Es una cifra que sorprende para bien.

Gráfico de barra dividida: el 86,8% de las diputaciones (33 de 38) encuentra la declaración de accesibilidad en un clic desde la página de inicio; el 13,2% (5 de 38) no la localiza en un clic.

En las cinco restantes no la encontramos. Y al comprobarlo después con más detalle, buscando dentro de cada dominio y no solo navegando, el resultado fue peor de lo que esperábamos: en cuatro de esas cinco no hay ninguna declaración publicada en la web principal. En la quinta sí existe, pero no está enlazada en ningún sitio visible, así que solo se llega a ella a través de un buscador.

Son dos problemas distintos, y conviene no mezclarlos

La primera situación es la de una declaración que existe pero que nadie encuentra. Suele ser el rastro de un rediseño, de un gestor de contenidos que ha cambiado de manos o de un pie de página que se reorganizó sin pensar en quién iba a buscar ese enlace. Nada de esto es intencionado, pero el resultado para quien la necesita es el mismo: no llega.

La segunda es que la declaración no se haya publicado nunca. Aquí ya no hablamos de un enlace perdido, sino de un requisito que lleva ocho años sin cumplirse.

En nuestro universo de 38, la segunda resultó ser más frecuente que la primera. Y eso cambia el tipo de conversación: no es un problema de mantenimiento web, es un trámite pendiente que no resuelve el departamento de informática solo.

Qué debe incluir una declaración de accesibilidad

Si estás revisando la tuya, esto es lo mínimo que exige el RD 1112/2018:

– El grado de cumplimiento con la norma UNE-EN 301549, equivalente a WCAG 2.1 nivel AA. Puede ser conformidad total, parcial o no conforme, pero tiene que decirlo.

– Los contenidos no accesibles, cuáles son y por qué. Reconocer lo que falla forma parte de cumplir.

– Un mecanismo de contacto para que cualquier persona pueda comunicar una barrera. Es la única puerta que tiene alguien que no puede usar la web para avisar de ello.

– El procedimiento de reclamación si la respuesta a esa comunicación no llega o no sirve.

Y hay un quinto requisito que se olvida a menudo: la declaración debe revisarse al menos una vez al año. Una declaración de 2019 sin tocar no cumple, aunque en su día estuviera bien.

Cuatro tarjetas numeradas con los elementos que debe incluir una declaración de accesibilidad: grado de cumplimiento, contenidos no accesibles, mecanismo de comunicación y procedimiento de reclamación.

Con todo esto sobre la mesa, el criterio del clic deja de parecer una exigencia nuestra: una declaración completa a la que no se llega es una declaración que no cumple su función.

Cómo publicamos estos datos

Publicar datos sobre organismos públicos es una responsabilidad, así que lo hacemos con tres reglas.

En público, siempre agregado y sin nombres: aquí encontrarás cuántas cumplen y qué patrón se repite, nunca un ranking. En privado, si una organización quiere saber qué vimos en su web, se lo contamos. Y si alguna vez damos un nombre, es para reconocer a quien lo hace bien.

Esto no es una lista negra. Es un diagnóstico de sector, para que quien lo lea desde dentro de una administración sepa dónde mirar.

Si quieres saber cómo está la tuya

Este micro-observatorio mide un solo criterio sobre un universo cerrado. Si trabajas en una administración pública y quieres saber si tu declaración de accesibilidad cumple con el RD 1112/2018 y se encuentra como debería, te lo decimos gratis y en privado.

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